Acogerse a la Nacionalidad Venezolana
La declaración de voluntad de niños y niñas menores de siete años deberá ser realizada por el padre, madre o representante legal, debidamente acreditado conforme a la legislación del país de domicilio del niño o niña.
En caso que supere los siete años de edad, el(la) funcionario(a) diplomático(a) o consular deberá solicitar su opinión.
Los adolescentes de 14 años de edad o más, podrán realizar libremente la declaración.
Esta declaración es un paso previo necesario para la inscripción de nacimiento de los(las) hijos(as) nacidos en el extranjero, de padre o madre de nacionalidad venezolana por nacimiento o naturalización.
Requisitos:
Hijo(a) de padre o madre de nacionalidad venezolana por nacimiento (Art. 32 numeral 3 CRBV)
- Acta o certificado local de nacimiento de la persona que opta a la nacionalidad, debidamente apostillado o legalizado y traducido, de ser el caso
- Copia fotostática del acta de nacimiento del padre o madre de nacionalidad venezolana por nacimiento o datos de la inscripción
- Copia fotostática del pasaporte o del documento de identidad del padre o madre de nacionalidad venezolana
- Copia fotostática del documento de identidad de dos testigos
Hijo(a) de padre o madre de nacionalidad venezolana por naturalización (Art. 32 numeral 4 CRBV)
- Acta o certificado local de nacimiento de la persona que opta a la nacionalidad, debidamente apostillado o legalizado y traducido, de ser el caso
- Carta de naturaleza (Gaceta Oficial) o certificado de naturalización del padre o madre de nacionalidad venezolana por naturalización
- Copia fotostática del pasaporte o del documento de identidad del padre o madre de nacionalidad venezolana por naturalización
- Original de la constancia de residencia en Venezuela
- Copia simple del documento de identidad de dos testigos
Nota: Este trámite es gratuito.